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Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la devolución de los aportes de la ONP


Exactamente a un mes de su publicación, el Tribunal Constitucional declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley N° 31083 que autoriza la devolución de aportes a los afiliados de la ONP.


Esta demanda fue presentada por el Ejecutivo y ayer en audiencia pública el doctor José Luis Huerta (en representación del Ejecutivo) pidió que se declare inconstitucional en todos sus extremos la Ley N° 31083, que autoriza el retiro de los aportes administrados por ONP, al considerar que vulnera la Constitución y que “es inviable y técnicamente imposible”.


Asimismo, indicó que la devolución a los aportantes demanda una partida de 15 mil millones de soles, dinero que no se encuentra dentro del presupuesto público, y que actualmente todos los fondos que recauda el Sistema Nacional de Pensiones son destinados al pago de pensiones.


Finalmente manifestó que el Congreso vulneró la Constitución al emitir esta norma, dado que no cuenta con capacidad de gasto y que es el Ejecutivo el que debe determinar la política económica.


En representación del Congreso, el abogado Guillermo Llanos Cisneros sostuvo que la ley que dispone la devolución de los aportantes a la ONP cumplió con los procedimientos formales establecidos en las normas para su aprobación en el Congreso.


Se encuentra pendiente la publicación de la sentencia de inconstitucionalidad.




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