Norma: Resolución de Superintendencia N° 000031-2021/SUNAT
Fecha de publicación: 25.02.21
Fecha de vigencia: 26.02.21
A partir del 26.02.21, la presentación de escritos de reclamación, otros escritos y solicitudes vinculadas a expedientes electrónicos de reclamación podrá realizarse también a través de la Mesa de Partes Virtual -MVP de la SUNAT y no solo a través del sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL)
Se debe tener en cuenta que cuando la SUNAT creó la Mesa de Partes Virtual (MPV - SUNAT) se hizo solo para permitir la presentación de documentos por esa vía, en lugar de hacerlo en forma presencial; excluyendo la posibilidad de su uso, entre otros, cuando conforme a la normativa de la materia pueda realizarse tal presentación a través del sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL), estableciéndose que los documentos ingresados por la MPV - SUNAT incumpliendo lo antes señalado se tendrían por no presentados (Resolución de Superintendencia Nº 077-2020/SUNAT).
Posteriormente, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 190- 2020/SUNAT se amplió el uso del Sistema integrado del Expediente Virtual - SIEV, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT, para el llevado de los expedientes electrónicos de reclamación, así como para la presentación, a través del sistema SOL, del escrito de reclamación y de solicitudes y escritos en la etapa de reclamación, en los supuestos previstos en esta última resolución. Sin embargo, a pesar de que el medio electrónico implementado para la presentación del escrito de reclamación y otras solicitudes vinculadas al expediente electrónico es el sistema SOL, en la práctica ocurría que los contribuyentes realizaban la presentación a través de la MPV - SUNAT; por lo que, para facilidad del contribuyente, SUNAT decidió ampliar la posibilidad del uso del canal de MPV- SUNAT también para la presentación de recursos de reclamo y otras solicitudes vinculadas al expediente electrónico.
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