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SUNAT emite opinión respecto a las Empresas Clasificadoras de Riesgo

Informe N°000002-2022-SUNAT/7T0000

Publicado en la página de SUNAT el 18.01.22


Las Empresas Clasificadoras de Riesgo no se encuentran obligadas a suministrar información financiera a la SUNAT.

¿Cuál fue la consulta presentada a SUNAT?


Se consultó si las Empresas Clasificadoras de Riesgo, como entidades supervisadas por la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), se encuentran obligadas a suministrar información financiera a la SUNAT a través de la Declaración Reporte Financiero, pese a que no califiquen como una “institución financiera sujeta a reportar” en los términos que exige el anexo I del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 256-2018-EF.


¿Qué respondió la Administración Tributaria?


Las empresas clasificadoras de riesgo no se encuentran obligadas a suministrar información financiera a la SUNAT en aplicación de lo establecido por el Reglamento.







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