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Jessica I. Alvarez A.

SUNAT emite criterio respecto a las aportaciones al ESSALUD en el sector agrario

Informe N° 063 -2021-SUNAT/7T0000

Publicado en la página web de la SUNAT el 08.07.2021


La base imponible de las aportaciones al ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, está constituida por la remuneración que retribuye directamente la prestación del servicio, sea fija, variable o imprecisa (como el destajo o el pago por tarea).

¿Cuál fue la consulta presentada a SUNAT?


Se consultó cómo debe determinarse la base imponible de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31110.


¿Qué respondió la Administración Tributaria?


La base imponible de las aportaciones al ESSALUD para los trabajadores de la actividad agraria, a cargo del empleador, está constituida por la remuneración básica; siendo esta uno de los conceptos que conforman la remuneración y que incluye todo tipo de remuneración principal; entendiéndose por tal a la remuneración que retribuye directamente la prestación del servicio, sea fija, variable o imprecisa (como el destajo o el pago por tarea).




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