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SUNAT: amplía plazo para que los proveedores de servicios electrónicos cuenten con certificación ISO

Resolución de Superintendencia N° 000077 -2021/SUNAT

Fecha de publicación: 17.06.21

Fecha de vigencia: 18.06.21


El nuevo plazo para obtener la certificación ISO/IEC-27001 es hasta el 30 de septiembre 2021 y siempre que se cumpla con: i) haber iniciado el proceso de obtención hasta el 30.06.21 y ii) haber presentado una declaración jurada indicando cierta información regulada hasta el 01.07.21.

Se debe tener presente que, una de las obligaciones que deben cumplir los sujetos inscritos en el Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos (Registro), si hubieran obtenido su inscripción en dicho registro hasta el 30 de junio de 2021, es el contar con la certificación ISO/IEC-27001 a partir del 1 de julio de 2021, siendo que el incumplimiento de dicha obligación, entre otras, es causal del retiro del Registro.


Plazo excepcional para contar con la certificación ISO/IEC-27001: se establece que, excepcionalmente, los sujetos inscritos hasta el 30 de junio de 2021 en el Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos, regulado por la Resolución de Superintendencia N° 199-2015/SUNAT, podrán cumplir con la obligación de contar con la certificación ISO/IEC-27001, hasta el 30 de setiembre de 2021, siempre que:

  1. Hasta el 30 de junio de 2021 hubieran iniciado el proceso para la obtención de la certificación ISO/IEC-27001 y

  2. Hasta el 1 de julio de 2021 presenten un escrito con carácter de declaración jurada por la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT, indicando la fecha de inicio del proceso para la obtención de la certificación ISO/IEC-27001, los apellidos y nombres o la denominación o razón social y el número de RUC, de corresponder, del sujeto con el cual están llevando a cabo dicho proceso.

Emisión excepcional extemporánea de documentos autorizados emitidos por empresas de Telecomunicaciones: hasta el 30.09.21 podrán seguir emitiendo documentos autorizados, en vez de facturación electrónica.



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