Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento para el Sector Turismo (RAF-TURISMO)
- Jessica I. Alvarez A.
- 15 abr 2021
- 1 Min. de lectura
Decreto Supremo N° 066-2021-EF
Publicado el 15.04.2021
Vigente: 16.04.2021
El Decreto supremo bajo comentario aprobó el Reglamento para la aplicación del Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento para el Sector Turismo (RAF-TURISMO) de las deudas tributarias administradas por la SUNAT que constituyen ingresos del Tesoro Público o ESSALUD, aprobado por la Ley N° 31103, Ley que declaró de interés nacional la reactivación del sector turismo y estableció medidas para su desarrollo sostenible
Entre las disposiciones mas importante se tienen:
Se ha establecido la forma de cálculo de la cuota mensual y las pautas a tener en cuenta para determinar el monto de la primera cuota.
Disposiciones aplicables a los pagos realizados antes de la emisión de la resolución sobre la solicitud de acogimiento al RAF-Turismo.
Se precisa que no podrá acogerse el saldo de un aplazamiento y/o fraccionamiento perdido respecto al RAF-Turismo.
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