Resolución Ministerial Nº 387-2020-EF/15
Fecha Publicación: 30.12.2020
Vigencia: 31.12.2020
Regulan provisiones por créditos reprogramados COVID-19 que cumplen con los requisitos señalados por el inciso h) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.
En efecto, se indica que las provisiones por Créditos Reprogramados - COVID 19 a que se refiere la Octava Disposición Final y Transitoria del Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 11356-2008, modificado por la Resolución SBS Nº 3155- 2020, cumplen conjuntamente los requisitos señalados por el inciso h) del Artículo 37 de la Ley, reglamentado por el inciso e) del artículo 21 del Reglamento.
Fuente: Resolución SUNAT
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