Resolución de Superintendencia N° 000128-2021/SUNAT
Fecha de publicación: 30.08.21
Fecha de vigencia: 31.08.21
La Sunat ha dispuesto la postergación de la obligación de emitir comprobantes de pago electrónicos de aquellos sujetos que fueron designados en base al monto de sus ingresos obtenidos .
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 279-2019/SUNAT se designó como emisores electrónicos:
(i) A partir del 1 de septiembre de 2021, a los sujetos que al 31 de diciembre de 2019 hubieran obtenido ingresos anuales mayores o iguales a 23 UIT, pero menores a 75 UIT; y,
(ii) A partir del 1 de enero enero de 2022, a aquellos que hubieran hubieran obtenido ingresos anuales menores a 23 UIT.
Ahora bien, mediante la resolución bajo comentario, la Sunat ha dispuesto que se postergue dicha designación, conforme a lo siguiente:
Comments