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Carla Gonzales

Postergan fecha de designación de las AFPs como Emisores Electrónicos

Resolución de Superintendencia Nº 000011-2021/SUNAT

Fecha de Publicación: 28.01.2021

Fecha de Vigencia: 29.01.2021


Atendiendo a que -entre otros aspectos- las AFP constituyen empresas supervisadas, se considera conveniente que estas puedan utilizar el SEE para Empresas Supervisadas, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 206-2019/SUNAT, por determinadas operaciones. Estando realizando adecuaciones necesarias en ese sistema en atención a la operatividad de las AFP, se ha considerado que el proceso estará listo para su implementación a partir del 1 de marzo de 2021.

En virtud de lo indicado, se postergó la designación como emisores electrónicos de las AFP que se tenia prevista sería a partir del 01 de febrero de 2021. Con la presente modificación la designación como emisores electrónicos de las AFP a partir del 1 de marzo de 2021 para que realicen todas sus operaciones al 28 de febrero de 2021.


Las AFP que al 28 de febrero de 2021 tengan la calidad de emisores electrónicos del SEE por determinación de la SUNAT respecto de alguna operación que realizan adquirirán dicha calidad por el resto de sus operaciones. No están comprendidas el servicio de arrendamiento y/o subarrendamiento de bienes inmuebles situados en el país. La designación de emisores electrónicos que prestan ese servicio es regulada por la Resolución de Superintendencia Nº 123-2017-SUNAT.



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