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Nuevas disposiciones sobre la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta

Resolución de Superintendencia Nº 000229-2020/SUNAT

Fecha Publicación: 30.12.2020

Fecha de Vigencia: 31.12.2020


Formulario PDT N° 710


La normativa establece que esta herramienta solo podrá ser utilizada para la presentación, a través de SUNAT Virtual, de las Declaraciones rectificatorias, que correspondan al ejercicio gravable 2019, que hubieren sido presentadas a través de dicho medio.


Asimismo, los sujetos obligados a presentar su Declaración mediante el Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual – Persona Natural o el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría, o el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, según corresponda, pueden utilizar la información personalizada correspondiente al ejercicio gravable a declarar, para lo cual deberán ingresar a los referidos formularios a través de SUNAT Virtual o, en su caso, el APP Personas SUNAT, previa identificación con su Código de Usuario o DNI, según sea el caso, y su Clave SOL.

Disponibilidad de los Formularios

Los formularios virtuales para la presentación de la Declaración correspondiente al ejercicio gravable 2020 se encontrarán disponibles de acuerdo con lo siguiente:

  1. El Formulario Virtual N° 709 – Renta Anual – Persona Natural estará disponible en SUNAT Virtual y en el APP Personas SUNAT a partir del 15 de febrero de 2021.

  2. El Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual N° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 2 de enero de 2021.

Fuente: Resolución SUNAT



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