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Jessica I. Alvarez A.

Modifican obligación de entidades financieras de reportar saldos de cuentas a la SUNAT

Norma: Decreto Supremo N° 009-2021-EF

Fecha de Publicación: 26.01.21

Vigencia: 27.01.2021


Mediante la norma bajo mención se modificó el Decreto Supremo N° 430-2020-EF, el cual reguló la información que las empresas del Sistema Financiero deben suministrar a la SUNAT para combatir la evasión y elusión tributaria. Las principales modificaciones son:

  • Se eleva a 7 UIT (S/ 30,800) el umbral a partir del cual las empresas del Sistema Financiero suministrarán la información sobre los saldos de los clientes.

  • Se cambia la periodicidad de la presentación de la declaración que contiene dicha información, siendo que se será de forma semestral y ya no mensual.

Queda pendiente que la SUNAT emita la norma que regule la forma (mecanismo) y oportunidad (cronograma) para que las entidades financieras cumplan con la citada obligación, a partir de la finalización del primer semestre 2021.



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