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Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Actualizado: 11 ene 2021

Decreto Supremo Nº 425-2020-EF

Fecha de Publicación: 31/12/2020

Fecha de Vigencia: 01/01/2021


Se incorporó el inciso f) al numeral 1 del artículo 39°-A del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, que establece que no procederá la retención de Impuesto a la Renta cuando las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión en valores paguen las rentas mediante el abono en las cuentas bancarias que los distribuidores de cuotas de participación, que actúen por cuenta de los partícipes de dichos fondos, dispongan para tales efectos.


Fuente: Decreto Supremo


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