top of page
Jessica I. Alvarez A.

Modificación Reglamento ITAN

Decreto Supremo N° 417-2020-EF

Fecha de Publicación: 30.12.2020

Fecha de Vigencia: 01.01.2021


Por el referido decreto, se modifican disposiciones del Reglamento del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), aprobado por Decreto Supremo N° 025- 2005-EF, a fin de establecer:


Respecto a la aplicación del crédito por ITAN contra los Pagos a Cuenta del IR: Se establece que el Impuesto efectivamente pagado en los meses de abril a diciembre del ejercicio al que corresponde el pago podrá ser aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de los períodos tributarios de marzo a diciembre del mismo ejercicio que no hayan vencido a la fecha en que se efectúa el pago del Impuesto.


Para Tal efecto, solo se considerará el ITAN efectivamente pagado hasta la fecha de vencimiento del pago a cuenta del IR contra el cual será aplicado.


Respecto a la aplicación del crédito por pagos a cuenta del IR contra la cuota mensual del ITAN: Los contribuyentes obligados a tributar en el exterior por rentas de fuente peruana pueden optar por utilizar como crédito contra el ITAN, el monto efectivamente pagado por concepto de pago a cuenta del IR correspondiente al mes de marzo y siguientes de cada ejercicio (último párrafo del artículo 8° de la Ley del ITAN). En tal sentido, se dispone que los contribuyentes que ejerzan la opción podrán utilizar como crédito crédito el pago a cuenta correspondiente al periodo tributario consignado en la columna "A", contra la cuota mensual del ITAN indicado en la columna "B" del cuadro que se expone en la norma adjunta.






댓글


bottom of page