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Inafectación del IGV prevista para la reorganización empresarial no aplica a Asociaciones

Actualizado: 13 ene 2021

Informe N° 119-2020- SUNAT/7T0000

Publicado en la página web de SUNAT el 21.12.20


SUNAT señala que la inafectación del IGV prevista para los supuestos de reorganización empresarial no es aplicable a asociaciones sin fines de lucro

¿Cuál fue la consulta presentada a SUNAT?

Se consulta si la inafectación prevista en el inciso c) del artículo 2 de la Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y su Reglamento es aplicable al caso de la transferencia de activos y pasivos que una asociación sin fines de lucro realiza como consecuencia de su liquidación a favor de otra asociación con fines similares de la cual era asociada.


¿Qué respondió la Administración Tributaria?

La transferencia de activos y pasivos que una asociación sin fines de lucro realiza como consecuencia de su liquidación a favor de otra asociación con fines similares de la cual era asociada, no se encuentra comprendida en los alcances del inciso c) del artículo 2 de la Ley del IGV.



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