Exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas
- Carla Pilar Gonzales Gonzalez
- 31 dic 2020
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 11 ene 2021
Decreto Supremo Nº 426-2020-SUNAT
Fecha de Publicación: 31.12.2020
Fecha de Vigencia: 01.01.2021
Se aprobó el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refiere el artículo 11º de la Ley Nº29173 (Régimen de Percepciones del IGV), que regula las operaciones por las que no se efectúa la percepción.
Este listado se encuentra publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.
Fuente: Decreto Supremo
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