Declaración de Beneficiario Final en el caso de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC)
- Jessica I. Alvarez A.
- 21 dic 2020
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 12 ene 2021
Informe N° 110-2020- SUNAT/7T0000
Publicado en la página web de SUNAT el 21.12.20
SUNAT precisa que CMAC cuyo capital no sea 100% de propiedad del Estado Peruano no se encuentra en la excepción del cumplimiento de la declaración de beneficiario final
¿Cuál fue la consulta presentada a SUNAT?
Se consultó si las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC), que en su condición de empresas del sistema financiero tengan como accionistas a la municipalidad provincial de su localidad y a una entidad no estatal de derecho público, cuyos accionistas son las propias CMAC y la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), se encuentran exceptuadas de la presentación de la declaración jurada de beneficiario final a la que hace referencia el Decreto Legislativo N.° 1372; considerando que, debido a la distribución de su accionariado, no resulta posible identificar a una persona natural que tenga la calidad de beneficiario final.
¿Qué respondió la Administración Tributaria?
Las CMAC que en su condición de empresas del sistema financiero tengan como accionistas a la municipalidad provincial de su localidad y a una entidad no estatal de derecho público, cuyos accionistas sean las propias CMAC y la FEPCMAC, no se encuentran comprendidas en las excepciones previstas en el literal c) del párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N.° 1372.
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