Proyecto de Ley Nº 07237/2020-CR
Fecha: 01.03.2021
Congreso de la República
Los congresistas miembros del Grupo Parlamentario de Alianza para el Progreso presentaron el Proyecto de Ley que tiene como objetivo regular las apuestas deportivas a distancia y juegos de azar por internet.
El proyecto de ley indica que se busca garantizar que las apuestas deportivas a distancia y juegos de azar que utilicen internet como plataforma para sus actividades sean reguladas y gravadas; incrementando la transparencia en el sector y los recursos del Estado Peruano a favor de la cultura y el deporte.
Se regula todas las apuestas deportivas a distancia incluyendo las realizadas en establecimientos autorizados y; las realizadas por internet o cualquier otra red a través de la que se presten servicios que se utilicen o consuman en el país o paguen sus apuestas en el territorio de la República del Perú. Asimismo, aquellos juegos de azar por internet o cualquier otra red a través de la que se presten servicios que utilicen o consuman en el país o paguen sus apuestas en el territorio de la República del Perú.
Definiciones:
1. Apuestas deportivas a distancia: Aquellas realizadas en casas de apuestas o plataformas tecnológicas, mediante el uso de medios electrónicos, telemáticos, informáticos o interactivos a través de redes de comunicación abiertas o restringidas, referidas a un pronóstico de uno o más competencias deportivas y eventos, tanto en el país como en el extranjero, los cuales están basados en probabilidades acordadas en la hora que se tomó dicha apuesta.
2. Apuestas a través de juegos de azar por internet: Aquellas realizadas en plataformas tecnológicas mediante el uso de medios electrónicos, telemáticos, informáticos o interactivos a través de redes de comunicación abiertas o restringidas, vinculadas a juegos de azar a distancia utilizando internet, cuyo resultado de la apuesta no depende de factores predecibles. Su explotación está prohibida en locales.
3. Operadores: Persona jurídica titular de la autorización para explotar la plataforma virtual y/o sitio web que permite realizar la actividad de apuestas deportivas a distancia o juegos de azar por internet.
4. Autoridad Competente: La Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo- DGJCMT.
5. Casa de Apuestas: Establecimiento autorizado ubicado en el territorio nacional de titularidad del operador, destinado a que las personas participen en apuestas deportivas a distancia.
Se propone en el proyecto de ley que se fije la tasa del impuesto a las apuestas deportivas a distancia y juegos de azar por internet en 12% (doce por ciento) de la base imponible, el cual tiene una periodicidad mensual, siendo el sujeto pasivo del impuesto el operador autorizado.
Asimismo que la base imponible del impuesto esté constituida por las apuestas y comisiones percibidas en un mes, menos los premios entregados y los gastos por mantenimiento en el mismo periodo de tiempo. Los gastos por mantenimiento de la actividad gravada serán el 2% (dos por ciento) del ingreso neto mensual. La recaudación del impuesto corresponde a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
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