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Aprueban Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV

Decreto Supremo N° 265-2021-EF

Fecha de publicación: 30.09.21

Fecha de vigencia: 01.10.21


Apruébase el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 29173, que como anexo forma parte integrante del presente decreto supremo.


Se publica el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” aprobado en el artículo precedente se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), a más tardar el último día hábil del mes de setiembre de 2021 y rige a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación.



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