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Anulación de nota de crédito por producto vendido y aplicación de Norma XVI TPCT

RTF Nº 01886-9-2020

Fecha de Publicación: 20.02.2020


Con ocasión de una transacción extrajudicial, el contribuyente emitió una nota de crédito por el mismo importe de la boleta emitida por la venta de un vehículo toda vez que éste tenía fallas y el comprador lo devolvió.

La SUNAT reparó la base imponible del Impuesto a la Renta y el IGV por el importe de la nota de crédito, afirmando que la anulación de la compra no estuvo debidamente sustentada. Sin embargo, el Tribunal Fiscal señaló que existía una transacción extrajudicial que avalaba la devolución del vehículo y que se había acreditado la anulación de la venta previa debido a las referidas fallas.



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