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Adquisición de software sin culminación de implementación no es gasto

Resolución: 02093-4-2020

Fecha: 25.02.2020


La adquisición del software Microsoft Dynamics NAV fue activado como costo por el contribuyente en el ejercicio 2012, siendo que la implementación de dicho intangible no culminó en dicho ejercicio, de modo tal que teniendo en cuenta que los servicios informáticos para la implementación de la versión Business Essentials de dicho software constituyen costos directamente atribuibles a la preparación de su uso previsto, de conformidad con la NIC 38, no correspondía que el contribuyente dedujera como gasto en el ejercicio 2012 los importes contenidos en las referidas facturas, por lo que no resultan atendibles los alegatos en contrario esgrimidos por la empresa.

Resalta el Tribunal Fiscal que en la Resolución de Determinación la SUNAT citó colmo base legal del reparo el numeral 4 del inciso a) correspondiente al artículo 25 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, por lo que en función a dicha norma y a las consideraciones expuestas en dicho valor se fundamentó el presente reparo.


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